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El que los máximos representantes de la Soberanía Popular, en detrimento de los cívicos derechos de los ciudadanos -al legislar- hallan obviado los constitucionales mandatos expuestos en los artículos 10.1, 10.2, 14, 16.3, 17, 18, 22, 47, 53.2, 67.1, 69.1, 117.1, 117.2, 117.3, 117.4, 118, 119, 120, 121, 122, 124.1, 124.2 y 125 ha propiciado que hechos tan sangrantes e incomprensibles como los que en este espacio Web se exponen sean comprensibles para quienes consideraban que la justicia en España funcionaba bien o muy bien.
El acto de conciliación previo a la demanda o querella a presentar, celebrado con el Presidente de la Asociación de la Prensa, el pasado día 17 de enero en el Juzgado de Primera Instancia núm. 73 de Madrid (que se celebro sin avenencia), deja jurisdiccionalmente probado que los medios de comunicación social han adoptado el acuerdo de no hacer publico ninguno de los actos delictivos en que pudieran haber incurrido los miembros de la Mafia Político-Judicial .
En este espacio Web se publican una serie de vivencias que servirán para conocer la historia de la “Delincuencia-togada” No debemos olvidar a los “Dirigentes-delincuentes” verdaderos culpables de que la impunidad corrompa a la Administración de Justicia.
La Fiscalía General del Estado, y no los abogados del querellante, tiene la constitucional misión de promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés social.
Razones más que suficientes para conocer el porqué se justifica este espacio Web donde se insta a los medios de comunicación social a que no sean tan peseteros e informen de lo que en España realmente acontece.
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